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Trámites en Línea

Recuperación Empresarial

"SI SE PUEDE

SALIR ADELANTE".


¿Qué es el Servicio de Recuperación Empresarial?

Es un procedimiento extrajudicial que tiene como finalidad ampliar la capacidad y cobertura para atender de forma expedita a los empresarios afectados por la pandemia COVID-19 que originó la declaración del Estado de Emergencia Económica, Social y Ecológica, a través de las cámaras de comercio o sus centros de conciliación y arbitraje, para que aquellos que incurran en situación de mora puedan suscribir con sus acreedores acuerdos de pago para atender sus obligaciones, estimulando la promoción de la productividad y la preservación del empleo.

Características

Es un procedimiento:   

Extrajudicial , por la facultad otorgada al deudor para adelantarlo en las cámaras de comercio.   

Expedito , pues su duración máxima es de tres (3) meses.   

Transitorio , pues las cámaras de comercio están habilitadas por dos (2) años para prestar el servicio.   

Puede adelantarse por medios virtuales. No puede intentarse al tiempo que la negociación de emergencia a la que hace referencia el Decreto Legislativo 560 de 2020.

Normatividad

Formato de Solicitud 

Tarifas

MEDIACIÓN 
Monto de los pasivos Tarifa Porcentaje
Inferiores a $100.000.000 $1.000.000 50% Cámara
50% Mediador

$100.000.001 a $15.000.000.000 1%


$15.000.000.001  y superiores  150.000.000

ARBITRAJE 
Actuación  Tarifa Porcentaje
Para resolver objeciones, observaciones
o controversias únicamente.



30% del valor pagado por el servicio de
recuperación empresarial.
25% Cámara
 
75% Árbitro
Para extender los efectos del acuerdo.

50% del valor pagado por el
servicio de recuperación.

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